INTERNOS
Unidad de Control Interno Disciplinario
Por mandato de la Ley 734 de 2002, se creó la Unidad de Control Interno Disciplinario adscrita a la Oficina Jurídica, la cual ejerce la función disciplinaria, tanto sancionadora como preventiva, respecto de los servidores públicos del Instituto Departamental de Salud. Funciones: Conocer y fallar en primera instancia los procesos disciplinarios que se adelanten contra los servidores del IDS por infracción a la ley disciplinaria.
Información de contacto: Laury Lisbeth Páez Parada, Profesional Responsable de la Oficina Jurídica. Tel. 5784988 ext.141.
Control Interno de Gestión
La Oficina de Control Interno está definida en la Ley 87 de 1993, como “uno de los componentes del Sistema de Control Interno, del nivel directivo, encargada de medir la eficiencia, eficacia y economía de los demás controles, asesorando a la Alta Dirección en la continuidad del proceso administrativo, la evaluación de los planes establecidos y en la introducción de los correctivos necesarios para el cumplimiento de las metas u objetivos previstos”.
Contacto: Ana Edilia Carrero Acevedo, Asesora de Control Interno [email protected] Teléfono: 5784988 ext.118
Peticiones, Quejas, Reclamos y Denuncias
Usted puede formular peticiones, quejas y reclamos (PQR) y denuncias de actos de corrupción, relacionados con la gestión o con temas de competencia del Instituto Departamental de Salud, a través del buzón electrónico PQR que se encuentra en la página web institucional www.ids.gov.co. O al correo electrónico: [email protected]. Y de manera presencial en la Avenida 0 Calle 10 Esquina – primer piso – Edificio Lotería de Cúcuta.
EXTERNOS
Control ciudadano:
Todas las personas en Colombia tienen derecho a verificar que la administración pública y los particulares que representan servicios públicos cumplan su finalidad social y apliquen de manera transparente y eficiente los recursos públicos. Así mismo tienen derecho a verificar que los proyectos que ejecuten tengan en cuenta el interés de la comunidad y pueden ejercer acciones para lograr que los gobernantes reconozcan los derechos ciudadanos o cumplan las obligaciones que legalmente les corresponde. Este derecho y deber es lo que conocemos como control ciudadano.
Las actuaciones del Instituto Departamental de Salud en ejercicio de sus funciones y misión son vigiladas por:
Contraloría General de la República (Control: fiscal)
La Constitución Política de 1991 en el artículo 267 define que el control fiscal es una función pública que ejercerá la Contraloría General de la República, la cual vigila la gestión fiscal de la administración y de los particulares o entidades que manejen fondos o bienes de la Nación, convirtiéndose en el máximo organismo de Control Fiscal en Colombia.
Comunique irregularidades a: Contraloria General Denuncias
Enlace directo atención al ciudadano:
https://www.contraloria.gov.co/control-fiscal
Fiscalía General de la Nación (Control judicial)
Con la promulgación de la Carta Magna de 1991 nace la Fiscalía General de la Nación y empieza a operar el 1º de julio de 1992. Es una entidad de la rama judicial del poder público con plena autonomía administrativa y presupuestal, cuya función está orientada a brindar a los ciudadanos una cumplida y eficaz administración de justicia.
La Fiscalía General de la Nación, se encarga de investigar los delitos, calificar los procesos y acusar ante los jueces y tribunales competentes a los presuntos infractores de la ley penal, ya sea de oficio o por denuncia.
La investigación de oficio se realiza por iniciativa propia del Estado y la investigación por denuncia cuando existe un tercero es víctima de un delito e instaura la denuncia ante alguna de las autoridades competentes (comisaría, inspección de policía o Unidad de Reacción Inmediata de la Fiscalía, URI).
La Fiscalía General no juzga a los presuntos autores o partícipes de un delito. Esta función corresponde, previa acusación de la Fiscalía, a los jueces y tribunales de la República. Estos de acuerdo con las pruebas practicadas en la investigación y el juzgamiento, condenan o absuelven a los acusados. En el primer caso indican la pena a que debe someterse el sentenciado.
URL: http://www.fiscalia.gov.co
Procuraduría General de la Nación (Control disciplinario)
La Constitución Política colombiana precisó la naturaleza jurídica del Ministerio Público: Es un órgano de control, autónomo e independiente, que funciona bajo la dirección suprema del Procurador General de la Nación.
El fundamento del Ministerio Público es el carácter de Estado social de derecho que predica el artículo 1º de nuestra Constitución, cuando alude a los valores fundamentales de la nacionalidad, de la familia y de la persona humana como soportes de una sociedad justa, solidaria y digna.
El control encomendado al Ministerio Público está orientado a la defensa de los intereses del Estado y de la sociedad. Es así como su amplio radio de acción se proyecta a todos los organismos y entidades oficiales, sean de nivel nacional, departamental o municipal, e incluso a los de carácter particular que ejercen funciones públicas.
URL: http://www.procuraduria.gov.co
Contraloría General del Departamento de Norte de Santander
La Contraloría General del Departamento de Norte de Santander es una entidad pública de carácter técnico autonomía administrativa y presupuestal, encargada de vigilar, en forma posterior y selectiva, la gestión fiscal de la administración y de los particulares o entidades que manejan fondos o bienes públicos en el orden departamental, incluyendo el control financiero, de gestión de resultados, teniendo en cuenta el componente ambiental y cultural, fundado en los principios de eficiencia, economía, equidad y valoración de los costos ambientales.
Dirección: Av 5 # 11 – 20 Pisos 2 y 3 Edif. Antiguo Banco de la República.
Teléfonos: 5835840 – Fax 835846.
Horario de Atención: Lunes a Viernes de 8 a 12 a.m. y de 2 a 6 p.m.
Notificaciones Judiciales: [email protected] | webmaster: [email protected] ,
URL:http://www.contraloriands.gov.co
Asamblea Departamental:Representa la Comunidad y ejerce el control político a la gestión de la administración departamental a través de las ordenanzas, resoluciones y proposiciones, de acuerdo a lo estipulado en la Constitución y la Ley.Dirección: Avenida 5 N° 11-20 Cuarto Piso – Cúcuta – Norte de SantanderTeléfono: 5-731063 -Fax:5-731063 -Línea gratuita:Horario de atención: Lunes a Viernes de 8:00 A.M. a 12:00 P.M. y de 2:00 P.M. A 6:00 P.M. [email protected]Contaduría General de la Nación (Control contable)
Es una entidad del sector público creada para determinar las políticas, principios y normas sobre la contabilidad que deben regir en el país para todo el sector público. Sus principales funciones son: Llevar la contabilidad general de la Nación, conceptuar sobre el sistema de clasificación de ingresos y gastos del presupuesto general de la Nación, señalar y definir los estados financieros e informes que deben elaborar y presentar las entidades y organismos del sector público, elaborar el Balance General de la Nación para que el país tenga conocimiento del manejo del presupuesto nacional.
La URL: www.contaduria.gov.co
Ministerio de Salud y Protección Social
Dirige el sistema de salud y protección social en salud, a través de políticas de promoción de la salud, la prevención, el tratamiento y la rehabilitación de la enfermedad y el aseguramiento, así como la coordinación intersectorial para el desarrollo de políticas sobre los determinantes en salud; bajo los principios de eficiencia, universalidad, solidaridad, equidad, sostenibilidad y calidad, con el fin de contribuir al mejoramiento de la salud de los habitantes de Colombia.
La URL: www.minsalud.gov.co
Superintendencia Nacional de Salud
Es la entidad encargada de inspeccionar, vigilar y controlar las EPS, hospitales e instituciones encargadas del financiamiento del Sistema General de Seguridad Social en Salud, incluidas las entidades territoriales. La URL: www.supersalud.gov.co
INVIMA
Su función es la vigilancia sanitaria de los medicamentos, productos biológicos, alimentos, bebidas, cosméticos, y demás elementos que puedan impactar en la salud individual y colectiva. La URL: https://www.invima.gov.co/
Comisión Nacional del Servicio Civil
Acorde con el artículo 130 de la Constitución Política Colombiana, la Comisión Nacional del Servicio Civil, es “responsable de la administración y vigilancia de las carreras de los servidores públicos, excepción hecha de las que tengan carácter especial”.
La Comisión se propone posicionar el mérito y la igualdad en el ingreso y desarrollo del empleo público; vela por la correcta aplicación de los instrumentos normativos y técnicos que posibiliten el adecuado funcionamiento del sistema de carrera; y genera información oportuna y actualizada, para una gestión eficiente del sistema de carrera administrativa.
Comunique irregularidades a: http://www.cnsc.gov.co
Enlace directo atención al ciudadano: http://gestion.cnsc.gov.co/cpqr/
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