Inicio Comunicados de Prensa Con la participación de Fiscalía, Profamilia y sector salud realizan Capacitación Interrupción Voluntaria del Embarazo

Con la participación de Fiscalía, Profamilia y sector salud realizan Capacitación Interrupción Voluntaria del Embarazo

por admin
Analizan aplicabilidad de la Interrupción Voluntaria del Embarazo en casos permitidos por la ley
Capacitación IVE Profamilia IDS 4

Delegados de la Fiscalía Comisarías de Familia, Personerías municipales, ESES, Coordinadores de Salud Pública y personal de salud analizaron los aspectos legales generados con la Sentencia C-355 de 2006 que establece la Interrupción Voluntaria del Embarazo en un encuentro convocado por el Instituto Departamental de Salud y Profamilia.

A través del taller “IVE un derecho en Colombia” el personal asistencial en Norte de Santander recibió orientaciones para brindar acompañamiento a los casos que se reporten a nivel municipal y regional, especialmente en población víctima del conflicto armado.

El Gerente Regional Antioquia y Santanderes de Profamilia, Carlos Eduardo Mesa Cano, acompañó la jornada de capacitación en la que expertos nacionales realizaron la aplicación de pretext sobre conocimientos en las disposiciones legales y el abordaje de situaciones específicas, analizaron casos comunes en diferentes regiones del país  y brindaron orientaciones para el manejo de casos.

“Tras 9 años de aplicación de la norma, aún existe desconocimiento para su aplicación, de allí la recomendación a las entidades territoriales para que capaciten al personal que tendrá a cargo esta tarea y aprovechen los espacios brindados en los diferentes centros de Profamilia en el país en donde se brinda acompañamiento jurídico”, aseguró.

La Sentencia C-355 de 2006 establece que “No se incurre en delito de aborto, si con la voluntad de la mujer, la interrupción del embarazo se produce en tres casos específicos: Cuando la continuación del embarazo constituye un peligro para la vida o la salud de la mujer, cuando existe grave malformación del feto que haga inviable su vida, certificado por un médico y cuando el embarazo es resultado de una conducta, debidamente denunciada, de acceso carnal o acto sexual sin consentimiento, abusivo o inseminación artificial o de transferencia de óvulo fecundado no consentidas o de incesto”

JAVIER ORLANDO PRIETO PEÑA
Director 

{wsview src=[images/comunicados_de_prensa/2015/comunicado011] width=[182] thumb=[default]}

Quizas te interese leer

[slide-anything id='5804']