A LOS PRESTADORES DE SERVICIOS DE SALUD
( IPS PUBLICAS – PRIVADAS y TRANSPORTE ESPECIAL DE PACIENTES )
Que, de acuerdo con lo reglamentado en la Resolución 256 de 2016 es de carácter obligatorio el envío de los indicadores de calidad al MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL, a través de Plataforma de Intercambio de Información (PISIS) del Sistema Integral de Información de la Protección Social — SISPRO, dentro de los plazos establecidos en la resolución 256 del 2016, circular 000012 del 2016 y demás que la modifiquen o adicionen; siendo claro que se deberá reportar por cada prestador de servicio de salud declarado en el registro especial de prestadores de servicios de Salud y el no reportar esta información implica sanciones previstas en la normatividad vigente.
Recordar que las fechas de corte y reporte se encuentra previamente establecida en la resolución referenciando lo siguiente:
FECHA CORTE: FECHA REPORTE:
30 Junio Desde 1 al 31 Julio
31 Diciembre Desde 1 al 31 Enero del año siguiente
Para mayor información consulte la página del Ministerio de Salud y Protección Social – Observatorio de calidad página web www.minprotecciónsocial.gov.co y http://web.sispro.gov.co/