Inicio Políticas y otros POLÍTICA PÚBLICA DE PREVENCIÓN DEL DAÑO ANTIJURÍDICO

POLÍTICA PÚBLICA DE PREVENCIÓN DEL DAÑO ANTIJURÍDICO

por admin

La Constitución Política de Colombia señala que el control fiscal está instituido para la vigilancia de la gestión fiscal de los servidores públicos y de los particulares que manejan recursos públicos, no obstante resulta evidente que el Patrimonio Público se ve afectado por las multimillonarias erogaciones presupuestales derivadas de las condenas por sus acciones y omisiones, jurídicas y antijurídicas.

Bajo esta premisa el legislador crea una entidad especializada para la defensa de los intereses litigiosos de la administración, definiendo a su vez que en cada entidad debe existir un órgano de coordinación interno con la función expresa de actuar como sede de formulación de políticas sobre la prevención del daño antijurídico.

Al establecerse el marco de competencias, corresponde al Comité de Conciliaciones de cada entidad, definir una política pública de prevención del riesgo antijurídico de aplicación institucional, adoptado conforme a los lineamientos  que expida la Dirección de Políticas y Estrategias de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, y en este sentido, el Comité de Conciliaciones del IDS, luego de efectuar un análisis detallado del comportamiento litigioso de la entidad, ha formulado una serie de intervenciones puntuales a manera de política preventiva, que pretende reducir el riesgo de futuras demandas.

El presente trabajo debe considerarse como un primer avance de lo que es la implementación de una política pública de prevención de riesgo antijurídico, susceptible de valoraciones, calificaciones y ajustes, que puede ser modificada a conveniencia de la entidad…Ver Politica

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