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Participación ciudadana

por Richard Jaimes

En este espacio encontraran los mecanismos o procedimientos que la ciudadanía podrá usar para participar y aportar en la toma de decisiones, frente a los programas y proyectos que desarrollará la entidad para la presente vigencia.

MEDIOS DE PARTICIPACIÓN

PRESENCIAL

Oficina SAC 

Servicio de Atención a la Comunidad
AV 0 # 9-58 Edificio Rostal Piso 1
Cúcuta Norte de Santander

Mañana 8:00 am – 11:00am

Tarde 2:00pm – 5:00pm

TELEFÓNICO

(57) 7 – 5892105 Ext. 120
Celular 313 800 4575
De Lunes a Viernes.
Mañana: 7:30 a.m. a 11:00 a.m
Tarde: 2:00 p.m a 5:00 p.m

Consejo territorial de salud: Audiencia pública de rendición de cuentas: espacios para la rendición de cuentas, de encuentro y reflexión final sobre los resultados de la gestión de un periodo.

Rendición de cuentas: deber que tienen las autoridades de la administración pública de responder públicamente, ante las exigencias que haga la ciudadanía, por el manejo de los recursos, las decisiones y la gestión realizada en el ejercicio del poder que les ha sido delegado.

¿A qué mecanismos puede recurrir en caso de preguntas, quejas o reclamos?

Acción de cumplimiento: La Acción de Cumplimiento está establecida en el artículo 87 en la Constitución Política y se encuentra regulada por la Ley 393 del 29 de julio de 1997. Ampara el derecho que tiene toda persona de acudir ante autoridad judicial para solicitarle que se haga efectivo el cumplimiento de la ley o acto administrativo.  A través de éste mecanismo se exige la observancia de las leyes, decretos, ordenanzas y actos administrativos, y pueden ser interpuestos contra la autoridad pública o un particular, a través de los jueces administrativos.

Acción de tutela: se denomina al mecanismo previsto en el artículo 86 de la Constitución Política de Colombiavigente, que se busca proteger los Derechos constitucionales y fundamentales de los individuos “cuando cualquiera que éstos resulten vulnerados o amenazados por la acción o la omisión de cualquier autoridad pública”.

Consultas: Solicitud que se realiza a funcionarios de instituciones  o autoridades para expresar inquietudes, inconformidades u orientaciones  relacionadas con sus capacidades, el cual se debe dar respuesta en un término no mayor a treinta días.

Denuncia: Información que se expresa de forma oral o escrita sobre un hecho  o suceso ante la autoridad competente.

Petición o derechos de petición:   Es la solicitud verbal o escrita que se presenta  ante un servidor público para requerir su intervención ante un asunto concreto. Para dar respuesta la entidad o funcionario tiene un plazo perentorio de 15 días contados desde la fecha de radicación.

Reclamo: Es la situación expuesta de forma oral o escrita que puede  realizar una persona  por medio digital o telefónico por motivo  de una inconformidad  frente a la prestación de un servicio o por la mala atención de un funcionario público. Éste debe ser resuelto en un plazo no mayor a 15 días a partir de su radicación.

Sugerencia:   Es la proposición o insinuación de una idea frente a una situación que busca optimizar o  corregir las barreras u obstáculos que se presentan al momento de prestar un servicio por parte de funcionarios o entidades públicas. Para tal fin se debe dar respuesta en un plazo no mayor a 10 días

Trámite: Es la gestión o diligenciamiento que deben efectuar los usuarios para lograr  un derecho o cumplir con una obligación prevista o autorizada por la ley. Habitualmente los trámites se efectúan  en las administraciones públicas y privadas.