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Gobernación de Norte de Santander y Alcaldía de Cúcuta toman nuevas medidas para contener el COVID-19

por Richard Jaimes

La Gobernación de Norte de Santander, de la mano con la Alcaldía de Cúcuta, luego de una comunicación articulada con el Gobierno Nacional, estableció nuevas medidas preventivas con el fin de contener el virus COVID-19 en el territorio.

Entre las nuevas disposiciones, el gobernador Silvano Serrano informó, a través de las redes oficiales, que las nuevas decisiones contempladas en el Decreto 000318 del 20 de marzo de 2020, rigen a partir de hoy mismo, y en ningún caso el toque de queda contraviene las restricciones a la movilidad   que emitió el Gobierno Nacional en el artículo cuarto del decreto 420 del 2020.

El toque de queda seguirá aplicándose para menores de 18 años, las 24 horas del día, hasta el 20 de abril de 2020 y de la misma manera para los adultos mayores de 70 años se adopta el toque de queda permanente hasta el 30 de mayo de 2020, en consideración a los factores de alto riesgo de transmisión y afectación de la enfermedad para estos grupos de personas.

El gobernador manifestó que queda prohibido el consumo de bebidas embriagantes en el espacio público o establecimientos, hasta el 30 de mayo de 2020, a las 6:00 a.m. No se prohíbe el expendio de bebidas embriagantes.

Los alcaldes en su jurisdicción deberán vigilar y dar cumplimiento estricto a las medidas sanitarias tomadas por el Ministerio de salud y la Protección Social.

Se prohíben reuniones y aglomeraciones de más de 50 personas en todo el departamento, desde las 6:00 p.m.  de hoy  hasta las 6:00 a.m. del día 30 de mayo 2020.

Las autoridades incluyeron dos nuevos decretos, siendo el de mayor impacto, como medida de prevención y contención, el aislamiento social obligatorio en todo el territorio de Norte de Santander, a partir del sábado 21 de marzo, desde las 4:00 a.m. hasta el día lunes 23 de marzo, a las 9:00 p.m.

Respecto a lo anterior, en todo caso en cualquier desplazamiento, deberán respetarse las recomendaciones y obligaciones dictadas por las autoridades sanitarias y policivas, y las demás contempladas en el artículo segundo de la resolución  000464 del 18 de marzo de 2020, así como acatarse los actos administrativos originados desde la Presidencia de la República.

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